FACTORES DE ATRIBUCIÓN

Artículo 1721. Factores de atribución

La atribución de un daño al responsable puede basarse en factores objetivos o subjetivos. En ausencia de normativa, el factor de atribución es la culpa.

El factor de atribución constituye también uno de los presupuestos esenciales de la responsabilidad civil. A través de él se adquiere el fundamento que determinara el deber de una determinada persona a resarcir el daño injusto sufrido por la víctima.

El factor de imputación o atribución de la responsabilidad se convierte de tal modo en un juicio de valor que determinara en definitiva que persona debe responder frente al damnificado ante la ocurrencia de un daño. Se trata de una imputación no solo fáctica, sino además valorativa.

Históricamente ha sido la culpa el factor de imputación por excelencia de la responsabilidad civil.

Con la revolución industrial, la aparición del maquinismo provoco el acaecimiento de situaciones en las cuales se ocasionaban daños a las víctimas, los cuales eran atribuibles a hechos que no eran posibles de ser imputados a la culpa de ningún sujeto. A fin de no dejar a las victimas sin reparación, fueron necesarios valorar a otros factores de imputación ajenos a la subjetividad del responsable.

En la argentina, dichos factores objetivos de atribución de la responsabilidad fueron incorporados al derogado código civil en 1968. A partir de ese momento coexistieron sin primacía alguna entre ellos los factores de atribución subjetivos y objetivos.

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3 comentarios en «FACTORES DE ATRIBUCIÓN»

  1. Hola, en la leccion correspondiente a la teoria del riesgo sale la anterior INTERRUPCION DEL NEXO CAUSAL, o sea estaria faltando ese tema. Si lo solucionan me pueden avisar.?

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