COLISIÓN DE DEBERES
En la colisión de deberes, cuando los deberes en conflicto son equivalentes, estamos en presencia de una causa de justificación y no de inculpabilidad. La colisión de deberes como causa de justificación se da no solo cuando el sujeto obra dando prioridad al deber mayor, sino también cuando los deberes en conflicto son equivalentes.
El destinatario de la norma se encuentra ante la alternativa de realizar una u otra de las acciones mandadas, por ejemplo, salvar la vida de A o la de B. es suficiente para la justificación la igualdad de los deberes de acción que colisionan. Se deja la discreción del destinatario de la norma cumplir con el deber de salvar la vida de A o el de salvar la de B; la omisión de salvar una de ambas vidas está justificada.
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