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Como lo estudiamos al inicio del capítulo de “Fuentes del Derecho Internacional Público”, el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia establece una serie de fuentes principales que deben ser aplicadas para decidir las controversias que sean sometidas ante la Corte. Estas fuentes son las convenciones internacionales, la costumbre internacional y los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
Sin embargo, la misma norma también prevé la posibilidad de que la Corte pueda aplicar, como medio auxiliar, otras fuentes como las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones.
JURISPRUDENCIA
La jurisprudencia se compone de las decisiones y sentencias emitidas por tribunales y cortes internacionales. Según el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), la jurisprudencia es considerada un “medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho”. Aunque las decisiones judiciales no tienen el carácter vinculante de crear nuevas normas jurídicas internacionales, son fundamentales para aclarar y consolidar las normas existentes.
La jurisprudencia en el Derecho Internacional Público cumple varias funciones:
- Interpretación de Normas: Los tribunales internacionales interpretan tratados y costumbres internacionales, ofreciendo clarificación sobre su contenido y alcance. Esta interpretación es crucial, dado que muchos tratados pueden tener disposiciones ambiguas o vagas.
- Establecimiento de Precedentes: Aunque el Derecho Internacional no sigue el principio de stare decisis como en los sistemas de common law, las decisiones de tribunales internacionales, como la CIJ, sirven como precedentes que influyen en decisiones futuras y en la conducta de los Estados.
- Prueba de Costumbre Internacional: Las decisiones judiciales pueden actuar como evidencia de la existencia de normas consuetudinarias, especialmente cuando un tribunal reconoce un comportamiento estatal generalizado y aceptado como obligatorio (opinio iuris).
Uno de los ejemplos más citados de jurisprudencia en el Derecho Internacional es el caso “Nicaragua vs. Estados Unidos” (1986). En este caso, la Corte Internacional de Justicia dictaminó que Estados Unidos había violado el derecho internacional al apoyar a los contras en Nicaragua y al minar puertos nicaragüenses. La CIJ, al emitir su fallo, interpretó y aplicó principios fundamentales de la no intervención y la prohibición del uso de la fuerza, consolidando así estos principios en el marco del derecho internacional consuetudinario. Este caso es un ejemplo claro de cómo la jurisprudencia puede no solo resolver un conflicto específico entre Estados, sino también fortalecer y clarificar normas internacionales para su aplicación en futuros casos.
DOCTRINA
La doctrina se refiere a los escritos y opiniones de los académicos y juristas más respetados en el campo del Derecho Internacional. La doctrina no crea derecho directamente, pero proporciona un análisis profundo y fundamentado que ayuda a interpretar y desarrollar las normas del Derecho Internacional, cumpliendo con las siguientes funciones:
- Interpretación y Clarificación: Los escritos de juristas ofrecen interpretaciones detalladas de normas y principios internacionales, ayudando a jueces, abogados y académicos a entender el alcance y la aplicación de estas normas.
- Desarrollo del Derecho Internacional: A través de la doctrina, se pueden proponer nuevas teorías y marcos conceptuales que, con el tiempo, pueden influir en la práctica de los Estados y en la jurisprudencia, contribuyendo a la evolución del derecho internacional.
- Influencia en la Jurisprudencia: La doctrina también es frecuentemente citada en decisiones judiciales internacionales, especialmente en situaciones donde las normas son ambiguas o existen lagunas en el derecho. Los jueces pueden recurrir a la doctrina para fundamentar sus decisiones o para justificar la adopción de ciertos principios en sus sentencias.
Un ejemplo clásico de la influencia de la doctrina en el Derecho Internacional es la contribución de Hans Kelsen, un prominente jurista austriaco, y su “Teoría Pura del Derecho”. Kelsen argumentó que el Derecho Internacional es un sistema normativo autónomo, independiente del Derecho Interno de los Estados. Su trabajo ha sido fundamental para la comprensión de la primacía del Derecho Internacional sobre el Derecho Interno, un principio que ha sido repetidamente citado y adoptado en la jurisprudencia internacional. Así, por ejemplo, la Corte Internacional de Justicia y otros tribunales internacionales han recurrido a la doctrina de Kelsen para respaldar la idea de que las obligaciones internacionales deben prevalecer sobre las normativas internas de los Estados, un principio clave en la resolución de conflictos legales internacionales.
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