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ARTÍCULO 4º. — Información.

El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.

La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición.

CCCN – ARTÍCULO 1100.- Información.

El proveedor está obligado a suministrar información al, consumidor en forma cierta y detallada, respecto de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con la claridad necesaria que permita su comprensión.

El proveedor tiene un deber informativo, que se ve plasmado por ejemplo en la ley de etiquetado o en los paquetes de cigarrillos. La información siempre es coadyuvante al cumplimiento del deber de seguridad. No obstante, el deber de información es un deber, pero el deber de seguridad es otro. El deber informativo cumple una función preventiva de daños.

Los puntos clave de estos artículos son los siguientes:

  • Obligación de Suministrar Información: Los proveedores tienen la obligación de proporcionar a los consumidores información precisa y completa sobre los productos o servicios que ofrecen. Esta información debe incluir detalles sobre las características esenciales de los bienes o servicios y las condiciones bajo las cuales se comercializan.
  • Claridad y Detalle: La información proporcionada debe ser clara y detallada, lo que significa que debe ser comprensible para el consumidor promedio. Esto asegura que los consumidores tengan toda la información que necesitan para tomar decisiones informadas.
  • Gratuidad de la Información: La información debe ser proporcionada de forma gratuita para los consumidores. Los consumidores no deben ser cobrados por la información que necesitan para tomar decisiones de compra.
  • Soporte Físico: La información debe ser proporcionada en soporte físico, lo que generalmente significa en formato impreso o escrito. Esto garantiza que los consumidores tengan acceso a la información de manera tangible.
  • Uso de Otros Medios de Comunicación: Solo se puede suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor elige expresamente utilizar otro medio de comunicación proporcionado por el proveedor. Esto da flexibilidad al consumidor para optar por medios electrónicos u otros medios si así lo prefiere, siempre que el proveedor ofrezca esa opción.

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