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FUNDACIÓN DE ROMA
Para estudiar la época de la monarquía romana nos basamos fundamentalmente en leyendas. De este modo, se dice que el 21 de abril del año 753 a.C. se fundó Roma. El primer rey fue Rómulo.
Cuenta la leyenda que Ascanio, hijo del héroe troyano Eneas, habría fundado la ciudad de Alba Longa sobre la orilla derecha del río Tíber. Sobre esta ciudad latina reinaron muchos de sus descendientes hasta llegar a Numitor y a su hermano Amulio. Éste destronó a Numitor y, para que no pudiese tener descendencia que le disputase el trono, condenó a su hija, Rea Silvia, a ser sacerdotisa de la diosa Vesta para que permaneciese virgen.
A pesar de ello, Marte, el dios de la guerra, engendró en Rea Silvia a los gemelos Rómulo y Remo. Cuando éstos nacieron y para salvarlos fueron arrojados al Tíber dentro de una canasta que encalló en la zona de las siete colinas situada cerca de la desembocadura del Tíber, en el mar.
Una loba, llamada Luperca, se acercó a beber y los recogió y amamantó en su guarida del Monte Palatino hasta que, finalmente, los encontró y rescató un pastor cuya mujer los crió. Ya adultos, los mellizos repusieron a Numitor en el trono de Alba Longa y fundaron, como colonia de ésta, una ciudad en la ribera derecha del Tíber, en el lugar donde habían sido amamantados por la loba, para ser sus Reyes.
La leyenda también nos cuenta que Rómulo mató a Remo. Para ello es necesario partir de la base de que eran muy importantes los muros de la ciudad, por ello eran considerados sagrados y nadie podía violentarlos. Al ser sagrados, quien los violara tenía pena de muerte. Rómulo habría matado a Remo por violar un muro, aunque se cree que ni siquiera estaba construido, sino que solo fue una excusa.
CLASES SOCIALES
Se cree que los Patricios era descendientes de los fundadores de Roma, quienes habrían sido los primeros Senadores. Como privilegio natural gozaron de todos los derechos políticos y conservaron también todas las facultades privadas. Es decir, que constituían la clase social política y económicamente privilegiada dentro de la ciudad.
Los plebeyos incluían a todos los ciudadanos romanos excepto patricios y senadores. Llegaron a gozar de algunos derechos privados como por ejemplo el ius commercii, pero no lograron alcanzar, en los primeros tiempos, ningún derecho público.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
En la época de la Monarquía se observan, fundamentalmente, tres órdenes de gobierno:
- Rey: Rómulo concentró todas las funciones estatales, y eso sentó el precedente. Es decir, que el rey era el jefe supremo de la ciudad y del ejército. También representaba a la ciudad en sus relaciones con otros estados, declaraba la iniciación y fin de la guerra y era la máxima autoridad judicial. El rey de los romanos era irresponsable, ya que no estaba obligado a responder por sus actos. Su función era sagrada y vitalicia.
- Senado: El rey era acompañado por el Senado que estaba integrado por 99 miembros. El senado era siempre presidido por el rey, porque su función era de asesoramiento al rey. Trataba los asuntos que el rey le presentaba. El senado solo puede estar compuesto por patricios. Las decisiones del senado no eran vinculantes para el rey. Las opiniones del senado se llaman senadoconsultos.
- Asamblea Popular: Solo se reunía dos veces al año, y se cree que tenía una función muy acotada, que se habría relacionado con el control de las normas morales de la sociedad y cuestiones familiares. Es decir, que no habría tenido una función política importante.
Algunos creen que los colegios sacerdotales eran órganos de gobierno. Tenían mucha influencia porque el derecho recibía influencia de la religión. El colegio de los pontífices decía como se debían interpretar las normas jurídicas. El colegio de los augures interesa políticamente, los augurios era lo que consultaban los gobernantes antes de tomar una decisión. El colegio de los feciales era consultado por los temas de relaciones internacionales como acuerdos o declaraciones de guerra.
LOS COMICIOS CURIADOS
A Rómulo se le atribuye la división de la población en tres tribus que responderían a tres grupos étnicos:
- Latinos;
- Sabinos;
- Etruscos.
A cada una de las tribus las dividió en diez curias. Las treinta curias que se formaron dieron cuerpo a la Asamblea General de los Patricios cuyas funciones en lo que se refiere a este periodo primitivo no son muy conocidas.
La Asamblea General solo se reunía dos veces al año, y se cree que tenía una función muy acotada, que se habrían relacionado con el control de las normas morales de la sociedad y cuestiones familiares. Es decir, que no habrían tenido una función política importante.
LA GENS
Entre los latinos, que eran la mayoría, la forma más primitiva de vida comunitaria fue la gens, que puede ser definida como la forma más rudimentaria de organización política y jurídica que conoció Roma. Tenía una unidad política, económica y religiosa con fuertes lazos de solidaridad social.
Se cree que la gens sería al mismo tiempo un organismo de carácter natural y artificial. Es un organismo natural porque resultaba de la extensión de la familia constituida por un aglutinamiento de las mismas alrededor de un antepasado común. Y también sería un organismo de carácter artificial porque pudo haber sido creado por Rómulo, quien, al dividir a la población en tribus, cada tribu comprendía diez curias; y a su vez, cada curia comprendía diez gens.
LA FAMILIA
La familia era un grupo o conglomerado de personas sujetas a la autoridad común de un jefe conocido como “pater familias”.
Las funciones de este jefe eran muy amplias:
- Era juez en las disputas entre los miembros de la familia y aun en la de terceros contra ellos;
- Era el sacerdote del culto familiar;
- Era el dueño exclusivo de la vida y de los bienes de la familia.
Esto implica, que la familia no es otra cosa que un grupo de personas unidas simplemente por la autoridad que una de ellas ejerce sobre los demás para fines que trascienden el orden doméstico.
LAS FUENTES DEL DERECHO
Durante esta época encontramos como principal fuente del derecho a la costumbre, “more maiorum”, es decir hábitos de los mayores que se transmitían de generación en generación, aunque también existieron normas que se llamaron “leyes regias”, que eran leyes que emanaban del rey. No hay constancias de estas leyes.
Todos los actos se reducen a los derechos que tienen los ciudadanos. Las acciones judiciales que se podían iniciar se iniciaban contra otro ciudadano. Quienes asesoraban eran los pontífices. Prevalecían las acciones que los patricios iniciaban contra los plebeyos. Los patricios tenían mayor acceso a la justicia. No tenían acciones quienes no eran ciudadanos romanos. No existía la representación de los actos jurídicos. Solo el sui iuris podían iniciar acciones judiciales. El procedimiento era oral. Debian utilizarse términos sacramentales. Si no se utilizaba el ritualismo, la acción se rechazaba.
LOS REYES ROMANOS
Siete reyes reinaron durante unos 250 años en Roma. Cada uno de ellos realizó importantes obras que transformaron la ciudad, pero son destacables las reformas que introdujo el rey etrusco Servio Tulio. Este rey tenía una mentalidad más económica y pragmática que sus antecesores.
Realizó un censo en la población, que persiguió fines de control social, y dividió a la población en cinco clases según su patrimonio. Al realizar esta división distribuyó entre las clases 193 centurias. El ordenamiento centuriado sirve de base no solo al ejército, sino también a una asamblea: los comicios centuriados. Es necesario destacar, que en este marco la primera clase tenía 98 centurias, por lo que podían alcanzar la mayoría sin depender del resto.
También creó los comicios tribados y comenzaron a reunirse los concilios de la plebe. El comicio tribado buscaba eliminar la división étnica, ya que dividía al estado romano geográficamente. En cada tribu había representantes patricios y plebeyos. El crecimiento de la población hizo que hubiera más plebeyos que patricios.
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