DIVISIONES DEL DERECHO ROMANO

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CONCEPTO DE DERECHO

El derecho romano puede ser definido como ars boni et aequi, es decir que es el arte de lo bueno y equitativo.

Derecho objetivo

Conjunto de normas jurídicas que regulan conductas sociales.

Derecho subjetivo

Facultades que el ordenamiento jurídico reconoce a unos individuos frente a otros.

Derecho Civil o Quiritario

Conjunto de normas que regulan las relaciones de los ciudadanos romanos. Se divide en:

  1. Derecho Público: Derecho emanado de los órganos estatales.
    • ius sufragio: Derecho a formar parte de los comicios.
    • ius honorum: Derecho a ingresar en la carrera de las magistraturas.
    • ius sacrorum et sacerdatorum: Derecho a intervenir en las magistraturas sagradas.
  2. Derecho Privado: Derecho que regula las relaciones de los particulares.
    • ius commercii: Derecho de ser propietarios.
    • ius nomine: Derecho al nombre.
    • ius connubii: Derecho a contraer matrimonio.
    • ius testamenti factio: Derecho a tener herederos.

Derecho de Gentes

Normas comunes a todos los pueblos de la antigüedad. Las normas se aplican tanto a ciudadano como no ciudadanos.

Derecho Natural

Es un derecho inherente al hombre y a los animales. Provienen de la razón o de la divinidad. Derecho del que ningún individuo puede sustraerse sin renegar a su condición humana.

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