CONCURSO DE DELITOS

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No existen problemas de punibilidad cuando un sujeto realiza un hecho típico con su conducta, pues la adecuación del comportamiento al supuesto legal determina la aplicación de la pena prevista para ese delito. Por ejemplo, si un sujeto le roba la cartera a una mujer no hay dudas de que se debe aplicar el artículo 164 del Código Penal, por cuanto establece que “Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad”.

Distinta es la situación cuando el comportamiento de un sujeto contradice varias normas jurídicas, pues se plantea la cuestión de establecer si las sanciones deben sumarse o si cabe adoptar un sistema menos riguroso. Por ejemplo, si el mismo sujeto del párrafo anterior también causa lesiones en la víctima o en un tercero.

El problema más importante de la teoría del concurso consiste en determinar cuándo existe una acción y cuándo varias.

CONCURSO IDEAL

Cuando solo existe una acción por parte del autor se habla de concurso ideal, porque existe una unidad de hecho, sea porque la misma acción lesiona varias veces el mismo precepto o distintas normas penales. Esto significa, en palabras más simples, que en el concurso ideal observamos que un hecho ilícito encuadra, total o parcialmente, bajo varias figuras penales que entre sí no se rechazan. En estos casos resulta aplicable el siguiente artículo:

ARTÍCULO 54.- Cuando un hecho cayere bajo más de una sanción penal, se aplicará solamente la que fijare pena mayor.

Esto implica que a una única conducta corresponde una única pena, que es la más grave y que incluye a las penas más leves conminadas por diferentes figuras delictivas que abarcan dicho comportamiento. Este precepto legal, sigue lo que la doctrina denomina “principio de absorción”, por el cual se unifican las penas de los distintos tipos involucrados y se aplica la pena del tipo que contenga la mayor.

A modo de ejemplo, podemos señalar el caso de una persona que conduciendo imprudentemente un vehículo automotor atropella en un mismo siniestro dos personas de modo simultáneo, hiriendo a una de ellas y ocasionando la muerte de la otra. En este caso, el sujeto activo no comete dos hechos delictivos diferentes, a pesar del encuadramiento típico múltiple que presenta la conducta.

En el concurso ideal no se puede penar al actor como si hubiese cometido dos conductas independientes. Pues ello importaría castigar dos veces una misma conducta, afectándose el principio constitucional denominado Non bis in Idem (prohíbe el múltiple castigo a un sujeto por un mismo hecho ilícito).

CONCURSO REAL

Hay un concurso real cuando el autor realiza una pluralidad de hechos, es decir, cuando diferentes acciones infringen varios tipos penales, sea el mismo tipo penal, como cuando el autor mata a dos hombres, primero a uno y después al otro (concurso real homogéneo), o varios tipos penales, como cuando el autor primero comete un hurto y después mediante otra acción realiza una estafa (concurso real heterogéneo).

En palabras más simples, hablamos de concurso real cuando concurren de modo simultáneo o sucesivo varios hechos delictivos de un modo independiente, que han sido realizados por la misma persona, que resultan encuadrables en una o varias figuras penales, y que concurren para ser juzgados en un mismo proceso.

En estos casos resulta aplicable el siguiente artículo del Código Penal:

ARTÍCULO 55.- Cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con una misma especie de pena, la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos.

Sin embargo, esta suma no podrá exceder de (50) cincuenta años de reclusión o prisión.

Es decir que, dicha norma establece que a varios delitos corresponden varias penas, haciendo con ellas una pena total integrada.

Un ejemplo de concurso real es el del sujeto que decide robar a una pareja que va caminando por la calle, en el momento de la comisión se tuerce la situación y el responsable roba a la chica, mata al chico, huye en un vehículo automotor a exceso de velocidad y termina chocando contra un vehículo estacionado ocasionándole daños.

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