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BOLSAS Y MERCADOS
Las bolsas y mercados son instituciones autorizadas por el Estado que facilitan la interacción entre la oferta y la demanda de activos financieros o productos, constituyendo el núcleo del mercado de capitales. Su función principal es canalizar el financiamiento hacia empresas y gobiernos mediante la negociación de títulos valores (como acciones y bonos) o productos (como commodities). Además, desempeñan un rol clave en la formación de precios de estos activos y productos, lo que contribuye a la eficiencia del mercado al reflejar la información disponible y las expectativas de los participantes. En Argentina, estas instituciones operan bajo la supervisión de la CNV, creada en 1937 y regulada actualmente por la Ley 26.831 y su decreto reglamentario 1023/2013.
DISTINCIÓN ENTRE MERCADO DE DINERO Y MERCADO DE CAPITALES
El mercado financiero se divide en dos grandes categorías:
- Mercado de dinero: Se negocian activos de corto plazo, generalmente con vencimientos menores a un año, caracterizados por su alta liquidez y bajo riesgo.
- Mercado de capitales: Involucra activos de mediano y largo plazo, con vencimientos superiores a un año, orientados a financiar proyectos de inversión.
Esta distinción es fundamental para comprender los objetivos de los contratos celebrados en cada ámbito y los riesgos asociados.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA BURSÁTIL ARGENTINO
El sistema bursátil argentino se compone de dos esquemas principales:
- Sistema bursátil;
- Sistema extrabursátil.
En ambos casos, la CNV ejerce un control estricto para garantizar la transparencia, la lealtad y el cumplimiento de los deberes de información, combatiendo prácticas como el “insider trading” (uso indebido de información privilegiada) o la manipulación de precios.
CONTRATOS DE BOLSA Y MERCADO DE COMERCIO
ARTÍCULO 1429.- Normas aplicables.
Los contratos celebrados en una bolsa o mercado de comercio, de valores o de productos, en tanto éstos sean autorizados y operen bajo contralor estatal, se rigen por las normas dictadas por sus autoridades y aprobadas por el organismo de control…
El artículo 1429 del CCCN establece que los contratos celebrados en bolsas o mercados de comercio, ya sean de valores o de productos, se rigen por las normas dictadas por las autoridades de estas instituciones, siempre que estén autorizadas y operen bajo el control estatal, en particular de la CNV. Esta disposición implica que dichos contratos se apartan del régimen general de contratos regulado por el CCCN, el cual solo tiene aplicación supletoria o analógica. En otras palabras, las normas específicas de las bolsas y mercados prevalecen sobre las disposiciones generales del CCCN, y solo se aplican estas últimas en ausencia de regulaciones específicas de la bolsa o mercado correspondiente o cuando estas remiten expresamente al código.
CARÁCTER INNOMINADO DE LOS CONTRATOS
Los contratos de bolsa y mercado son, en su mayoría, innominados, ya que no cuentan con una regulación específica en el CCCN, a diferencia de contratos típicos como la compraventa o el suministro. Sin embargo, poseen una tipicidad social, es decir, su estructura y funcionamiento están determinados por los usos y costumbres del mercado, lo que les otorga un molde reconocido y aceptado por los operadores comerciales. Esta tipicidad social surge de la práctica negocial reiterada, que define los elementos esenciales de estos contratos, como las garantías, los márgenes y los plazos de liquidación.
La flexibilidad de los contratos innominados permite que el comercio y los negocios evolucionen sin estar constreñidos por figuras rígidas heredadas del derecho romano. Este dinamismo es esencial en un contexto económico donde la innovación financiera y la creación de nuevos instrumentos son constantes. Por ejemplo, la aparición de derivados sintéticos o contratos por diferencia (CFD) refleja la capacidad del mercado para adaptarse a nuevas necesidades sin requerir cambios legislativos inmediatos.
TIPOS DE CONTRATOS EN BOLSAS Y MERCADOS
- Operaciones de compraventa con diferentes plazos de liquidación:
- Operaciones de contado: Se liquidan al tercer día hábil posterior a su celebración.
- Operaciones a término: Se acuerda un plazo futuro para el cumplimiento de la operación.
- Operaciones financieras con activos para rentabilidad o garantía:
- Pase: Consiste en comprar un activo para un cliente y venderlo simultáneamente a un plazo posterior. El pase asegura una rentabilidad fija porque el precio de compra y venta se acuerda al inicio, eliminando el riesgo de fluctuaciones de mercado para el inversor.
- Cauciones: Son préstamos garantizados con títulos valores, donde estos actúan como colateral.
- Derivados Financieros para Cobertura o Especulación:
- Futuros: Las partes acuerdan comprar o vender un activo en una fecha futura a un precio determinado.
- Opciones: Otorgan el derecho, pero no la obligación, de comprar (opción de compra) o vender (opción de venta) un activo a un precio fijo en un plazo determinado. La contraparte paga una prima por este derecho.
REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
La CNV desempeña un rol central en la regulación de bolsas y mercados, asegurando la transparencia y combatiendo prácticas desleales. Sus funciones incluyen:
- Aprobación de reglamentos;
- Supervisión de agentes;
- Supervisión de la emisión de valores y la información financiera;
- Prevención de fraudes.
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