DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO

ARTÍCULO 435.- Causas de disolución del matrimonio. 

El matrimonio se disuelve por:

a) muerte de uno de los cónyuges;

b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento;

c) divorcio declarado judicialmente.

Las causas que expresa este artículo parten de la idea de que el matrimonio ha sido válido y que razones sobrevinientes tanto voluntarias como involuntarias producen la extinción del vínculo matrimonial. Por lo tanto, toda causa de disolución presume o reconoce como antecedente un matrimonio existente y válido.

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