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Delito cometido por bandas de hombres que se agrupaban con un específico fin de robo o hurto de los bienes de los ciudadanos. Contra esta forma delictiva, el pretor concedió una acción vi bonorum raptorum, de la cual el delito toma su nombre, por el cuádruplo del valor de la cosa sustraída. Tres cuartas partes del monto debido funcionarían como pena, y el cuarto restante en concepto de indemnización. La acción tenia un plazo de vigencia de un año, vencido el cual solo sepodía accionar in simplum, esto es, por el simple valor de la cosa, por el furtum.

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